Pensión de alimentos en pandemia

Pensión de alimentos en pandemia:

Quien paga pensión de alimentos y sus ingresos han disminuido o perdido por completo, tiene derecho a demandar, en el Tribunal de Familia, la rebaja de la pensión.

Hoy hablaremos de dinero, llamado legalmente, Alimentos, Pensión de Alimentos o simplemente Pensión.

La pensión de alimentos es un monto  determinado por los padres ante un mediador o, en caso de fracasar la mediación, por el Tribunal de Familia en juicio.

El juicio de alimentos consiste en que uno de los padres demuestre que otra persona es padre o madre, las necesidades del niño y la capacidad económica del demandado. Más detalles, en otro blog.

Rebaja de la pensión

La pensión es estática, porque al determinarse, es una fotografía de los padres y el niño, niña o adolescente.

Pero también es dinámica, porque si la fotografía cambia, las personas tienen derecho a que dicho cambio se refleje en el monto.

Por ende, si el pagador de una pensión ha empeorado, es decir, si ha sufrido reducción de  jornada, suspensión del contrato de trabajo o ha perdido su trabajo, tiene derecho a demandar, en el Tribunal de Familia, la rebaja de la pensión, la cual debería ser concedida ante cambios de circunstancia tan evidentes como los mencionados, en un tiempo económico tan duro como el actual, en que el desempleo aumenta a diario.

¿Cuáles son las consecuencias de no realizar esto?

Si uno pensara que, por no pagar la pensión en tiempos de pandemia, no pasa nada, quiero corregir ese error de inmediato. Frente al incumplimiento, ocurre lo siguiente:

  1. Si la ex pareja no comprende la cesantía, el deudor (generalmente varón), además de cesante, se enfrentará a medidas judiciales. Las medidas más usadas son el arresto nocturno y la retención de la devolución del impuesto a la Renta.
  2. Cada mes no pagado, constituye una deuda, que en algún momento debe ser pagada (aunque tarde años en llegar), o enfrentarse a lo indicado anteriormente.

En conclusión, recomiendo enérgicamente acudir al Tribunal a solicitar una rebaja de la pensión, basado en la disminución o pérdida total de ingresos, porque esto supera con creces los perjuicios de no hacer nada.

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